Notificación personal en el Decreto 806 de 2020

Castiblanco & Asociados
2 min readMay 14, 2021

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¿Cómo se realiza?

De acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del decreto para la notificación personal debe surtirse con el envío de la providencia respectiva como mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que suministre el interesado en que se realice la notificación, sin necesidad del envío de previa citación o aviso físico o virtual y de la demanda y los anexos (en caso de que no hayan sido remitidos con la radicación).

La parte demandante debe indicar bajo la gravedad del juramento (que se entenderá prestado con la petición), que la dirección electrónica o sitio suministrado corresponde al utilizado por la persona a notificar, e informará la forma cómo la obtuvo y allegar las evidencias correspondientes.

¿Cuándo se entiende surtida?

Una vez transcurridos dos días hábiles siguientes al envío del mensaje y los términos empezarán a correr a partir del día siguiente al de la notificación.

Es importante resaltar que la Corte Constitucional en sentencia C-420 de 2020 indicó que la notificación se entenderá válidamente realizada siempre que se cumplan una de las dos siguientes condiciones:

  • Medie acuse de recibo por parte del sujeto que se pretende notificar.
  • Existe un mecanismo que constate el acceso al mensaje.

¿Qué pasa en caso de que no se dé cumplimiento a los requisitos?

Se presentará una nulidad por indebida notificación dado que se violenta el derecho al debido proceso de los sujetos procesales.

¿Puede realizarse la notificación según las normas del artículo 291 del CGP?

La norma comentada otorga la posibilidad de realizar las notificaciones de acuerdo con su articulado, pero deja abierta la posibilidad a que se haga de acuerdo con lo establecido en el CGP. Sin perjuicio de lo anterior debe tenerse en cuenta que el Decreto 806 de 2020 indica que debe preferirse la utilización de las tecnologías de la información por lo que el juez debe instar a las partes para que hagan uso de estos mecanismos, en atención a la emergencia sanitaria que afronta el país.

Para más información escribenos al correo electrónico alejandro.urrego@castiblancosas.com o nuestro whatsapp

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